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Normativa

Del aviso a la Policía al 112: la nueva Directriz de Autoprotección y la trazabilidad de la central receptora

La nueva Directriz de Autoprotección pide fijar quién da los avisos y a qué centro de emergencias. Qué supone para una CRA y cómo dejar rastro de cada aviso.

Noche de lluvia en Valencia: a la izquierda, un centro comercial con humo en una planta, un detector y un pulsador de incendio encendidos en rojo y un plan de autoprotección sobre el mostrador; una estela naranja cruza la ciudad, con la Ciudad de las Artes y las Ciencias al fondo, hasta una central receptora donde una operadora con auriculares atiende la alarma ante la videowall «Incendio · Aviso 112» y «Registro de comunicaciones»; de la central salen una estela azul hacia un coche patrulla y otra naranja hacia los bomberos

El 10 de octubre, el BOE publicó la Orden INT/1068/2026, que da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros del 6 de octubre por el que se aprueba la nueva Directriz Básica de Planificación de Protección Civil de autoprotección. Produce efectos desde el día siguiente a su publicación y pone fin a la aplicación transitoria del Real Decreto 393/2007, la Norma Básica de Autoprotección que ha servido de referencia durante casi veinte años. Los planes de autoprotección vigentes tienen un máximo de cuatro años para adaptarse.

A primera vista es una norma para los titulares de centros comerciales, hospitales, industrias o recintos con riesgo de emergencia, y para sus técnicos de prevención. Pero toca de lleno a la central receptora que vigila esos edificios: en muchos de ellos, quien primero sabe que algo va mal no está dentro, sino en la sala de operaciones de la CRA.

Qué pide la Directriz en la detección y el aviso

El contenido mínimo del plan, recogido en el anexo II, dedica un apartado a los procedimientos de actuación ante emergencias. Entre ellos están la detección y la alerta, los mecanismos de alarma y, dentro de estos, dos puntos muy concretos: la identificación de la persona que dará los avisos y la identificación del centro de coordinación de atención de emergencias de protección civil. El directorio de comunicación del plan debe incluir los teléfonos de ayuda exterior y de emergencias 112, y el plan tiene que prever cómo se solicita y se recibe la ayuda externa de los servicios de emergencia.

La Directriz pide además:

  • un programa de mantenimiento de las instalaciones de protección y un registro de las inspecciones realizadas;
  • simulacros al menos una vez al año, con informes de evaluación firmados por el responsable del plan;
  • atención expresa a las personas de alta vulnerabilidad, las que no pueden evacuarse o confinarse por sus propios medios;
  • que la gestión de los registros de planes de autoprotección esté totalmente informatizada, y que se comuniquen los datos de los incidentes que originen emergencias significativas.

Ningún apartado nombra a las centrales receptoras. Pero si la detección de incendios o los pulsadores de alarma de un edificio están conectados a una CRA, el plan tendrá que explicar cómo encaja esa central en la cadena: quién recibe la señal, quién llama, a quién y con qué información. Algunos análisis del sector, como el publicado por Delta 13 News, van más allá y ven en la Directriz un refuerzo del papel de las centrales en las alarmas que afectan a la vida de las personas, más allá de la seguridad privada en sentido estricto.

Dos cadenas de aviso en la misma sala

Con la Policía, la central ya tiene una obligación clara. La Orden INT/316/2011 le exige transmitir de inmediato al servicio policial correspondiente las alarmas reales, indicando el lugar exacto, las zonas activadas, los datos del titular y de contacto y, si hay servicio de acuda o de verificación personal, sus características y el tiempo estimado de llegada. Mientras la Policía comprueba, la central mantiene contacto permanente y después recibe el resultado. La misma orden exige llevar un libro-registro de alarmas que permita su tratamiento y archivo informatizado.

La comunicación con el 112 o con los bomberos en una alarma de incendio no la regula esa orden. Depende de lo pactado con cada cliente y, a partir de ahora, de lo que diga su plan de autoprotección. En la práctica, la misma sala gestiona dos cadenas distintas: la policial, muy reglada, y la de emergencias, que cada plan define a su manera. El riesgo es que la segunda se resuelva con una lista de teléfonos en una hoja y sin rastro de lo que se hizo.

Qué conviene revisar en la central

1. Que la operativa de cada abonado refleje su plan

Si el plan de autoprotección de un cliente dice quién da los avisos y a qué centro de coordinación, la operativa de la central debe decir lo mismo. Conviene pedir a esos clientes la parte del plan que afecta a la central y comprobar que contactos, horarios y destinatarios coinciden.

2. Que cada aviso deje huella

Hora de la señal, hora de cada llamada, a quién se llamó y qué se le dijo, número de incidente si lo da el servicio de emergencias, llegada del acuda y cierre. Con ese registro, la central puede justificar ante el cliente, la aseguradora o la Policía qué hizo y cuándo, y el titular del plan tiene datos fiables para los informes que la norma le pide.

3. Que los datos para los servicios públicos estén a mano

Accesos, planos, zonas, personas de contacto y si hay personas vulnerables en el edificio, como en una residencia o una escuela infantil. Lo que el operador tiene que decir en la primera llamada no puede depender de buscar un PDF en una carpeta compartida.

4. Que la documentación esté viva

Plan de autoprotección, certificados de instalación, contratos y revisiones de mantenimiento: si todo está asociado a cada abonado y con su histórico, la central responde rápido cuando un cliente o una inspección lo pide, y sabe cuándo un documento se ha quedado desfasado.

5. Que el simulacro también pase por la central

Si el cliente hace su simulacro anual y la señal llega a la CRA, es una buena ocasión para probar la cadena completa, del detector a la llamada, y dejar constancia de cómo ha ido.

Cómo lo aborda TERA

TERA, el software para centrales receptoras que distribuye, implanta y soporta EXDESIS, trata en una única plataforma la intrusión, el incendio, la videovigilancia y el control de accesos, con operativas y contactos con calendario a la medida de cada instalación. Incluye la integración telemática con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y la trazabilidad de cada actuación para responder ante aseguradoras y Policía. Su gestor documental propio mantiene accesible en todo momento la documentación de cada cliente y abonado, con el histórico de los documentos intercambiados, y el control de mantenimientos planifica las revisiones. TERA cuenta con la certificación del Esquema Nacional de Seguridad en Categoría Alta.

Si queréis revisar cómo encajan vuestras operativas de incendio y emergencias con los planes de autoprotección de vuestros clientes, contadnos cómo lo hacéis hoy: escribidnos a comercial@exdesis.com o llamadnos al 91 954 17 16.

Este artículo resume la normativa con fines informativos. Para su aplicación a un caso concreto, consulta el texto oficial publicado en el BOE y a la autoridad de protección civil competente.

Fuentes

  • Autoprotección
  • Protección Civil
  • Incendio
  • 112
  • Trazabilidad
  • CRA

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